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    Los Medios y la Justicia    
   

por Hugo A. Degiovanni(*)

   
   

“Está claro que si un hombre es más grande que los otros, no lo es porque sus pies están más bajos como los demás, sino porque su cabeza está más elevada”. (Voltaire).

 Es común que ante críticas al sistema judicial en general, suele reaccionarse de distintas maneras, pero no siempre benévolamente con el periodismo. Esto nos recuerda lo del epígrafe, cuando el ilustrado francés le responde a Pascal quien había criticado de Alejandro Magno su embriaguez y su conducta sexual. No son los defectos de Alejandro lo que lo ubica arriba de los otros, sino sus méritos. Creo que el paralelo resulta oportuno con respecto a la prensa que resulta un indispensable bastión en el resguardo del sistema republicano.

No se necesita ahondar en las investigaciones, para descubrir que en la actualidad la imagen que la sociedad en general tiene de la justicia se analiza sobre la pena, de esa manera, como se afirmara (ERBETTA, Daniel en Reflexiones. Inflac. Pena. Nº 200 Nº 1) el proceso penal, se presenta como el configurador del sistema, habiéndose convertido en la vidriera pública periodística.

Se produjo irremediablemente la mediatización de la Justicia, en la cual todos- actores y operadores- tienen responsabilidad.

En un sistema republicano de gobierno no debiera extrañarnos que los medios de comunicación asuman un rol cada vez más dinámico en informar lo relativo al “quehacer judicial”. En todo caso nos tendríamos que preocupar que ante una sociedad cada vez más ávida de información en general, y en particular de la mencionada, no dieran respuesta.

Es un error pensar que la sociedad toda está más preocupada por lo que sucede en los ámbitos tribunalicios por el simple hecho de que hay más noticias al respecto; la ecuación es inversa. El periodismo responde al interés generalizado sobre el tema.

No menos sabido resulta, que a partir de este mayor conocimiento de la población, producto de la mayor información proporcionada, comienzan los legítimos reclamos de seguridad, pero también sobre los inútiles y hasta innecesarios de aumentos de penas, pena de muerte, bajar la edad de punibilidad, mayores facultades policiales, etc.. Reclamos estos que sí se oponen -en muchos casos- a principios constitucionales, sobre los que ya en otras oportunidades nos hemos referido (“Derecho y Seguridad”. La Opinión. 30.08.04).

 

Los medios pueden contribuir mucho a que la ciudadanía realice una correcta lectura del fenómeno judicial.

 

Hassemer ha dicho con justicia que violencia, riesgo y amenaza constituyen fenómenos centrales de la percepción social. La seguridad ciudadana hace su carrera como bien jurídico y alimenta una creciente industria de la seguridad. De esa forma actitudes como “elaborar” o “vivir con” son reemplazadas por conceptos como “luchar”, “eliminar” o “represión”. (ERBETTA, D. Op. Cit.).

De esta percepción por supuesto que no son responsables los medios de comunicación, pero sí estamos convencidos que pueden contribuir mucho a que la ciudadanía realice una correcta lectura del fenómeno judicial.

Una de las garantías universales contempladas en los ordenamientos internacionales se enmarca en la publicidad de los procesos penales, precepto que recoge la necesidad de que todo ciudadano tenga a derecho a una información transparente y veraz.

Ahora bien, es indudable que el derecho de información que tienen los diferentes medios de prensa escritos, hablados, televisados y virtuales o interactivos, está solamente limitado por el ejercicio de una actitud profesional y concretamente especializada en la labor de informar “el hecho judicial”. No es lo mismo reportar un suceso político, deportivo, acto de guerra, etc., que informar hechos que tienen repercusiones jurídicas más allá de la imaginación de los sentidos. Implica la racionalización de una causa penal con la intervención de una realidad procesal que en ocasiones hasta puede diferir de la realidad objetiva que vive un observador extraño al hecho.

Por lo tanto, es deber ineludible de los comunicadores sociales adoptar un compromiso cívico, de información real, profesional y especializada, donde no se vean amenazadas la integridad del proceso, la del juzgador y la realidad objetiva de un hecho ilícito. Aún más, debe tomarse con extrema seguridad la protección de testigos, y las pruebas que tienen un valor legal en la investigación, condena o absolución del imputado

Si bien la libertad de expresión contempla y ampara la seriedad de la información, no está por demás asumir criterios de igualdad en este campo. Los derechos de los dos sectores (judicial y la prensa), deben estar protegidos como base de un Estado Social Democrático y de Derecho, pero por sobre todo con un justo equilibrio en sus responsabilidades.

 

(*) Abogado Licenciado en Gestión Educativa. Profesor Universitario.

       

Fecha de publicación: 10 de septiembre de 2017

   
 

 

 

         

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