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    El desafío de los derechos humanos    
   

Hugo Degiovanni

"Todo nuestro razonamiento se reduce a ceder al sentimiento"
Pascal

   
    La justificación del epígrafe radica que es muy difícil razonar sobre derechos humanos prescindiendo de los sentimientos. Quizás por eso, como ninguna otra rama del derecho está tan íntimamente ligado a la filosofía. Porque en verdad por ahí empieza todo, encuentra la razón de ser del derecho, el sentido de porqué están las normas.
Lamentablemente para muchos, los derechos humanos no son tema de nuestro tiempo, digamos el rasgo más identificador de la cultura política y jurídica de la modernidad, el contenido nuclear y central de la ética pública y el heredero en una sociedad secularizada de la idea de derecho natural.
Cuando se abandona esa prioridad que debe naturalmente otorgársele, ocupa ese espacio la disfuncionalidad de los órganos constitucionales, la disociación entre el Estado- aparato y el Estado - comunidad, provocando malestar, desencanto y dudas sobre la eficacia de la política.
Los DDHH son la base de nuestro sistema constitucional, son reconocidos no creados por la Norma Madre, porque existen desde que el hombre es hombre. El reto de toda legislación e interpretación jurídica implica, automáticamente reconocer que tales derechos son la norma básica de cualquier ordenamiento civilizado porque precede a toda otra legislación.
La doctrina que se ha abierto camino, después del segundo conflicto bélico mundial, sostiene , con razón, que ahora no son los derechos que dimanan de la dignidad humana los que giran alrededor de la Constitución, sino, justamente al revés, es ésta la que lo hace en torno de aquellos. La Constitución recibe, reconoce y luego, garantiza los derechos humanos.
En ese contexto y sin perjuicio de las posiciones políticas al respecto, "el frenar" el ingreso de un legislador electo acusado de violación a estos derechos- que como afirmamos tantas veces son imprescriptibles y universales- para investigar su situación, no hace más que ratificar un mandato universal de custodia de estos valores primarios.
Más cuando la génesis de los DDHH está dada cuando su violación parte del Estado, o de corporaciones o grupos de personas que actuaron con el mandato implícito o explícito proveniente del poder emanando de ese Estado. Ello resulta indiscutible, aún cuando se pretenda confundir a la opinión pública aduciendo que otros grupos o personas- no pertenecientes al Estado- cometieron violaciones a derechos elementales. Sin lugar a dudas que la extinción- por ejemplo- de cualquier vida por un homicidio implica la violación a un derecho elemental. Pero lo que ubica en primer grado de protección y rechazo a esa transgresión de los derechos humanos, es que esas violaciones la produjo el Estado en cualquiera de sus manifestaciones. Una persona que asesina va a la cárcel. Un Estado asesino por acción u omisión atenta a la base que conforma la estructura social mínima garantizadora de una convivencia pacífica y democrática. Y una vez ocurrido esto, ya ningún derecho se encuentra protegido, pero tampoco ningún poder del Estado, desaparece lisa y llanamente la República.
Son postulados éticos- sociales encaminados a una finalidad, a saber : tutelar el libre desarrollo de la dignidad humana en la sociedad, puntos de vista exigidos por la justicia.
De lo dicho se desprende que operan como desafío a los poderes públicos y a todos los hombres para la transformación del Estado y la sociedad.
Por eso, volviendo al tema del legislador que se le impidió temporalmente asumir, insistimos en nuestra posición ( que no pretende exceder el marco de lo estrictamente jurídico), que el celo en la custodia de estos valores fundantes del estado de derecho, en este caso por parte de los legisladores, no puede ser considerado como disvalioso, eso resultaría realizar una lectura mezquina del tema. Menos cuando la decisión proviene de un poder con un rol imprescindible en la custodia de los DDHH, como lo es el Legislativo, y por un Organo - el Congreso de la Nación- quienes fieles al cumplimiento del mandato recibido deben velar por el respeto de estos primarios derechos, sin los cuales no existe un Estado Social Democrático y de Derecho al que todos aspiramos. En todo caso, desde nuestro modesto punto de vista, lo grave hubiera resultado que pasara inadvertido.
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(1) Profesor Universitario. Ex becario de la Escuela Judicial Española y de la Agencia Española de Cooperación Internacional
   
 

 

 

         

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